Plazos para la Boleta Electrónica Obligatoria

Ago 24, 2020

Artículo actualizado a agosto de 2020: Contando con aprobación total en el Congreso, el proyecto de ley de medidas tributarias para la reactivación económica ha sido ratificado por ambas Cámaras este 18 de agosto de 2020.

Esto confirma la postergación hasta el 1° de enero de 2021, de la obligatoriedad del uso de la Boleta Electrónica para los actuales emisores de facturas electrónicas, según las disposiciones ya indicadas por la ley de Modernización Tributaria y la RES SII N° 74, donde además se instruyen nuevos procedimientos para la emisión de boletas electrónicas. 

Cabe mencionar que la medida mantiene el plazo indicado para los contribuyentes que no emiten facturas electrónicas (1° de marzo de 2021). 

Con la promulgación de la Ley 21.210, el 24 de febrero de este 2020, comenzó a regir el proceso de Modernización Tributaria. Y es desde dicho momento que inició la cuenta regresiva para la entrada en vigencia de la obligatoriedad para la boleta electrónica, oficializada en el mencionado cuerpo legal.

Específicamente la Ley modifica el artículo 54 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios ‘Ley del IVA’, indicando que las boletas de ventas y servicios deberán emitirse exclusivamente en formato electrónico, eliminando la posibilidad de elegir el formato de emisión, opción que se encontraba señalada en este mismo artículo.

¿Cuándo comenzará a regir la boleta electrónica obligatoria?

De acuerdo a las normativas vigentes, se establece la obligatoriedad de emitir boletas electrónicas y la indicación de desglose de los impuestos establecidos en la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios, a partir de:

  • 1° de Enero 2021  como plazo para los emisores de facturas electrónicas.
  • 1° de Marzo 2021 como plazo para los contribuyentes que no emiten facturas electrónicas.

¿Cuáles son las ventajas de la boleta electrónica obligatoria?

La implementación de la obligatoriedad de la boleta electrónica traerá consigo beneficios importantes tanto para el país como para las empresas. A nivel fiscal se estima mayor recaudación de impuestos y para las empresas mayor control de sus ventas, las cuales, de manera automática pasarán a formar parte del Registro de Venta, consolidando un único registro para la presentación de la declaración mensual de impuestos y pago de IVA.  Esto último facilitado por la automatización del ingreso de ventas con boleta al Registro de Ventas, impulsada por SII, en operación desde enero de este año.

DBNet, como socio tecnológico especialista para el cumplimiento tributario promueve soluciones que facilitan la adopción de boletas electrónicas principalmente para contribuyentes que manejan altos volúmenes de emisión de este tipo de documento, considerando componentes de software que funcionan en integración a sus sistemas ERP y POS y resguardan continuidad operativa; un punto principalmente importante para el sector del retail.

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