Garantice el manejo correcto del Nuevo Cambio de Sujeto Total del IVA

Ago 31, 2018

Con respecto a la reciente entrada en vigencia del nuevo tipo de Cambio de Sujeto Total del IVA, establecido por la Resolución N°42, es importante clarificar que, además de la norma mencionada, que establece las definiciones centrales para contribuyentes retenedores y retenidos, la Resolución N° 54, del 29 de Junio del 2018, de carácter complementario, establece nóminas asociada a la puesta en práctica de la norma.

Entendiendo que el cambio de sujeto traspasa la obligación de retener, declarar y pagar el Impuestos al Valor Agregado (IVA), desde el vendedor al comprador, implicando que este último debe emitir una factura de compra electrónica, aquellos contribuyentes designados como retenedores deberán controlar la recepción de sus documentos, mediante un esquema operativo que garantice el manejo correcto de las contabilizaciones de retención de IVA y considere validaciones y/o alertas para el control de sus facturas electrónicas recibidas, identificando cualquier irregularidad en sus registros.

En este sentido y teniendo en cuenta que en la Resolución N° 54 se establecen los listados de retenedores y retenidos para el manejo de este nuevo tipo de Cambio de Sujeto, cabe mencionar que, como alcance relevante, para la puesta en operación de esta norma, podemos identificar “nuevos” y “antiguos” agentes retenedores, así como contribuyentes retenidos clasificados en distintas listas. A saber:

A-Nómina de Agentes Retenedores (nómina antigua que se complementa con un nuevo listado): Esta nómina incluye a todos los contribuyentes, que desde su incorporación y conforme al artículo 3, inciso 3, del D.L. N° 825 de 1974, asumen la calidad de sujeto del impuesto, quedando autorizados para realizar retenciones de IVA, correspondiéndoles declarar y enterar en arcas fiscales el impuesto por concepto de las retenciones efectuadas.

IMPORTANTE: A partir de la publicación de la Resolución N°42, ingresan en esta lista aquellos contribuyentes identificados como “RETENEDOR C.S. PARA CUMPLIMIENTO DE IVA”, que son aquellos a los cuales, en adelante, llamaremos “nuevos” agentes retenedores. Nos referimos a un listado de cerca de 300 empresas recientemente designadas.

B-Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención (nómina nueva): Esta nómina lista a contribuyentes retenidos, incluyendo a partir de la Resolución N°42, aquellos contribuyentes que presenten reiteradamente brechas de cumplimiento tributario, según lo establece esta norma. A estos contribuyentes corresponde una retención total o del 100% del IVA.

C-Nómina de Contribuyentes de Difícil Fiscalización (nómina antigua): La Nómina de Difícil Fiscalización (NDF) está formada por un conjunto de contribuyentes sujetos a retención, particularmente por ser cuestionados o poseedores de anotaciones negativas por parte del Servicio de Impuestos Internos, por considerárseles de difícil fiscalización, según lo dispuesto por Resolución Exenta N° 1496 de 1976 y Resolución Exenta del SII N° 125 de 2016.

Al respecto y como regla general, según señala la RES 54, Resolutivo 3, todos los agentes retenedores (nuevos y antiguos) estarán obligados a retener el total del IVA en operaciones de compra efectuadas tanto con contribuyentes de “Difícil Fiscalización” como con contribuyentes “Sujetos a Retención”.

¿Cómo administrar correctamente estas nóminas, manteniendo al día sus actualizaciones y asegurar cumplimiento con respecto a las retenciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA), dispuestas por SII?

En DBNet hemos desarrollado una solución para quienes han sido designados como agentes retenedores por el SII. Se trata de una configuración que opera desde nuestra Suite de Factura Electrónica, diseñada con la finalidad de dar total cobertura a este proceso. Para mayor informaxión contáctenos a dbnet@dbnetcorp.com.