Alerta próxima vigencia normativa: Pago a 30 Días, cada vez más cerca
Cabe mencionar que se trata de un proyecto considerado como emblemático para nuestro país -al cual se han adherido asociaciones de diferentes sectores- que viene a disminuir las tasas de mora en el pago de bienes o servicios, mejorando la realidad de las operaciones comerciales, que hoy frecuentemente consideran fechas de cancelación de 90, 180 o más días, asunto que, considerando la contingencia nacional, agudiza la situación de las pequeñas y medianas empresas, principalmente.
Con respecto a los aspectos más relevantes de la norma, mencionamos los siguientes:
Plazo de Pago: Establece el pago de las facturas a treinta días (contados desde la recepción de la factura) para ventas y servicios.
(*) Cabe mencionar que La ley ya rige desde mayo de 2019, considerando la obligación de pago a 60 días. La obligación de pago a 30 días se aplicará a partir del 1 de abril de 2020.
Acuerdos plazo de pago excepcional:
Excepcionalmente las partes podrán establecer, de común acuerdo, un plazo que exceda el normado, informando al Ministerio de Economía.
(*) Cabe mencionar que ad portas de convertirse en Ley, se encuentra una reciente corrección a la Ley de Pago a 30 Días, ingresada para limitar los acuerdos de plazo de pago excepcional en casos de empresas de menor tamaño emisoras de facturas.
Registro de Intereses y de Comisiones Moratorias: Intereses por cada día de atraso en el pago y cobro de una comisión moratoria adicional a los intereses.
Inoponibilidad: Las notas de crédito y débito que se hagan respecto de facturas irrevocablemente aceptadas y cedidas no le afectarán al cesionario (o factoring).
Guía de Despacho Obligatoria: La emisión de la Guía de Despacho Electrónica se norma como obligatoria, disposición que comenzó a regir el 17 de enero de 2020.
Desde nuestro rol como asesores y la experiencia alcanzada por DBNet en más de 27 años de trayectoria en el rubro de las soluciones de cumplimiento normativo, hemos desarrollado una propuesta en respuesta a estas nuevas exigencias, diseñada para garantizar control de los ciclos de facturación y pago, la cual considera, tanto las necesidades del emisor como del receptor de DTE, ante este nuevo escenario.